Seguros de Caución: “Garantías PPP»
La Superintendencia de Seguros de la Nación aprobó las Condiciones Contractuales del Seguro de Caución a Primera Demanda de Garantía de Cumplimiento de Contrato Participación Pública Privada (PPP).
El análisis:
Seguro de Caución a Primera Demanda de Garantía de Cumplimiento de Contrato de Participación Público – Privada. La Superintendencia de Seguros de la Nación aprobó las Condiciones Contractuales del Seguro de Caución a Primera Demanda de Garantía de Cumplimiento de Contrato Participación Pública Privada (PPP), según resolución 618/2018. Este nuevo instrumento posibilitará a las compañías de Seguros participar en las Garantías de Cumplimiento de los PPP, hasta hoy restringido al universo bancario (Aval Bancario).
Los aseguradores que operan en este ramo habían presentado ante la SSN un instrumento alternativo especialmente desarrollado para esta cuestión, para no quedarse afuera del negocio de los PPP, principal vehículo jurídico de inversiones para los próximos años.
Este nuevo modelo de negocio en argentina tuvo sus comienzos a principios de los 70’s en el Reino Unido. Consiste en la prestación de manera directa de un servicio al sector público por parte de una empresa privada, mediante un contrato que incluye el diseño, la construcción y luego la operación y el mantenimiento de una infraestructura. La principal ventaja de este modelo es que las obras son financiadas por el sector privado, evitando de esta forma restricciones presupuestarias, sin generar deuda pública y aprovechando la capacidad de gestión del sector privado.
Los PPP aparecen como una importante herramienta para cubrir el enorme déficit de infraestructura pública imperante en nuestro país. Existen en la actualidad más de 60 proyectos PPP con inversiones proyectadas por más de USD 25.000 millones, con multipropósitos como autopistas, cárceles, hospitales, viviendas y mejoras en el deficitario sistema energético.
Este sistema PPP ya se encuentra en plena vigencia en el mercado latinoamericano, con Chile y Colombia como los países con mayor volumen de operaciones desarrollados bajo esta modalidad y con resultados altamente satisfactorios.
Este nuevo producto cuenta con la particularidad de ser a “Primera Demanda”, lo cual no estaría en directa sintonía con un histórico mercado argentino de “Garantías Condicionales”, en lo que respecta a la modalidad de ejecución de las pólizas. Saliendo de esta controversia, que entendemos el mercado local dirimirá con nuevas pautas de suscripción y acuerdos de reaseguro, consideramos un gran logro de la comunidad del seguro, generando una nueva alternativa de instrumento para los potenciales oferentes futuros PPP.
Por: Mariano Nimo, CEO Afianzadora Latinoamericana